Este texto es orientación editorial de alcance limitado: reúne lo que el propio SAT publica sobre los datos necesarios para facturar. No es asesoría fiscal ni sustituye la revisión del responsable fiscal de la notaría.
Los datos que se piden al solicitar una factura
El SAT enumera los datos que debe proporcionar quien solicita una factura: RFC, nombre o razón social, régimen fiscal y código postal del domicilio fiscal, además del uso fiscal del comprobante entre los requisitos. La lista está en el minisitio de factura del propio SAT: Solicita tu factura.
La constancia de situación fiscal no es un requisito obligatorio
El SAT aclaró que la constancia de situación fiscal no es requisito obligatorio para emitir una factura: lo que se necesita son los datos, no el documento. Puede consultarse el comunicado en Aclara SAT que la constancia de situación fiscal no es requisito para emitir factura.
Qué conviene ordenar en la notaría
Lo que sí está en manos de la notaría es tener esos datos completos y consistentes antes de facturar. En la práctica eso significa recabarlos al abrir el asunto, confirmarlos con el cliente y dejarlos en el expediente para no recapturarlos —ni recordarlos de memoria— cuando llegue el momento de emitir el comprobante. Un dato capturado dos veces es un dato que puede diferir.
Las reglas concretas que apliquen a cada operación, la configuración del sistema de facturación y el tratamiento fiscal correspondiente son materia del responsable fiscal de la notaría, con las guías vigentes del SAT a la vista.
En Notarix, ese trabajo previo vive en el expediente: los datos del cliente y los documentos quedan en un solo lugar. Conozca cómo organizamos los expedientes.